
Nadie esperaba el ceñudo desayuno que tendría el 28 de Junio, el Presidente electo de Honduras, Manuel Zelaya, a punta de efectivos de las fuerzas armadas, que tenían como misión, exiliar al ejecutivo del país, junto a ocho de sus ministros. Esto, por orden de la Corte suprema, la cual acordó días antes, el exilio forzado que le esperaba al “exótico” mandatario centroamericano.
¿Por qué tal polarización de los poderes?, convenimos considerar la irresponsabilidad que adjudico en sus políticas el presidente Zelaya, las cuales rozan, con la de la mayoría de dictadores que han violado flagrantemente la constitución, a la cual le juraron con tanto fervor el respeto en el comienzo de sus mandatos.
El ejecutivo disponía presentar un referéndum, para proceder a su reelección, la cual fue condenada desde su gestación por la Corte Suprema, al advertir la inconstitucionalidad de tal determinación, la cual contrariaba, ocho artículos, de la carta fundamental hondureña.
Esto acarreo a una causa legítima que llevaría el congreso, en la búsqueda de la destitución del Jefe de Estado, el cual fue descompuesto en su procedimiento, por la irrupción de la acción militar, que freno las ambiciones de la Fiscalía de la Nación junto con el Congreso, de la facultad que procedían al descomedirse del articulo cuarenta y dos, numeral cinco de la Constitución.
¿Qué podemos esperar?, En las últimas semanas, el Congreso decreto el Estado de sitio (hasta hoy), suspendiendo garantías a los ciudadanos.
La menoscabada OEA, suspendió, como miembro permanente al país en conflicto (que no tiene gran relevancia), a lo que se suma, las sanciones económicas que exteriorizaran Estados Unidos, Venezuela, Guatemala y el Salvador.
El día de hoy el presidente de facto, Roberto Micheletti (designado por el parlamento), depuso el toque de queda, al reconocer, que había vuelto la calma en la ciudadanía.
Los medios de comunicación de Honduras señalan que durante el periodo impuesto por el parlamento, se restringieron, las garantías constitucionales de libertad personal, detención e incomunicación por veinte y cuatro horas, libertad de asociación y reunión, junto con la libre circulación por el territorio nacional.
Este conflicto ha dejado al desnudo como siguen infringiéndose daños graves, a las libertades ciudadanas, por ambiciones personales de demagogos irresponsables, que se cobijan en organizaciones internacionales, que además, del exiguo peso que se registra en sus determinaciones, no estudian el inconveniente en su genoma, ya que, junto con Venezuela y otros países de la región, intentan reformar la Constitución, para permanecer indefinidamente en el poder, instaurando gobiernos subdesarrollados, poco efectivos en su historial cualitativo, que van recalcitrando el progreso de países que necesitan de un dinamismo de Estado, que, seamos sinceros, no lo genera, un gobierno patronal.
¿Por qué tal polarización de los poderes?, convenimos considerar la irresponsabilidad que adjudico en sus políticas el presidente Zelaya, las cuales rozan, con la de la mayoría de dictadores que han violado flagrantemente la constitución, a la cual le juraron con tanto fervor el respeto en el comienzo de sus mandatos.
El ejecutivo disponía presentar un referéndum, para proceder a su reelección, la cual fue condenada desde su gestación por la Corte Suprema, al advertir la inconstitucionalidad de tal determinación, la cual contrariaba, ocho artículos, de la carta fundamental hondureña.
Esto acarreo a una causa legítima que llevaría el congreso, en la búsqueda de la destitución del Jefe de Estado, el cual fue descompuesto en su procedimiento, por la irrupción de la acción militar, que freno las ambiciones de la Fiscalía de la Nación junto con el Congreso, de la facultad que procedían al descomedirse del articulo cuarenta y dos, numeral cinco de la Constitución.
¿Qué podemos esperar?, En las últimas semanas, el Congreso decreto el Estado de sitio (hasta hoy), suspendiendo garantías a los ciudadanos.
La menoscabada OEA, suspendió, como miembro permanente al país en conflicto (que no tiene gran relevancia), a lo que se suma, las sanciones económicas que exteriorizaran Estados Unidos, Venezuela, Guatemala y el Salvador.
El día de hoy el presidente de facto, Roberto Micheletti (designado por el parlamento), depuso el toque de queda, al reconocer, que había vuelto la calma en la ciudadanía.
Los medios de comunicación de Honduras señalan que durante el periodo impuesto por el parlamento, se restringieron, las garantías constitucionales de libertad personal, detención e incomunicación por veinte y cuatro horas, libertad de asociación y reunión, junto con la libre circulación por el territorio nacional.
Este conflicto ha dejado al desnudo como siguen infringiéndose daños graves, a las libertades ciudadanas, por ambiciones personales de demagogos irresponsables, que se cobijan en organizaciones internacionales, que además, del exiguo peso que se registra en sus determinaciones, no estudian el inconveniente en su genoma, ya que, junto con Venezuela y otros países de la región, intentan reformar la Constitución, para permanecer indefinidamente en el poder, instaurando gobiernos subdesarrollados, poco efectivos en su historial cualitativo, que van recalcitrando el progreso de países que necesitan de un dinamismo de Estado, que, seamos sinceros, no lo genera, un gobierno patronal.

Mi estimado, después de semejante exposición, se requiere un comentario a la altura.
ResponderEliminarMañana doy mi opinión. !Sigue con tu blog¡
Estoy en completo desacuerdo con el señor Vergara.
ResponderEliminarPartire con una crítica a lo anexo para luego seguir la sustancial.
Me llama la atención sobre manera su postulado de que las fuerzas armadas "tenían como misión exiliar al ejecutivo (...)". Hasta donde yo sé, en un gobierno democrático se presenta una sujeción de las fuerzas armadas al poder civil. Luego hasta no siendo une experto del derecho hondureño, pero creo que con certeza puedo señalar, que no existe en una norma alguna, la sanción de exilio, por el incumpliento de una norma constitucional. Mucho menos existe una norma que mande a ejecutar sentencias judiciales a las fuerzas armadas. En otros palabras no existe una norma que autorice los golpes de Estado.
Ahora bien, según da entender el conflicto se da en el artículo 52 número 5, que establece una cierta sanción aquel que incite la reeleción o el continuismo del Presidente de la República. Pero aun más importante creo que son los artículos 373-374. El primero establece que la reforma podrá ser decretada por el congreso; el segundo habla sobre normas que no se pueden reformar, una de esas sobre el periodo presidencial.
Entonces, la Corte Suprema fundamentandose en los artículos mencinados, establece que el referendo es inconstitucional.
Para simplificar, incluso, caricaturziandola, que el incumpliento de una resolución de la Corte Suprema, conlleva un Golpe de Estado.
Creo que tiene graves falencias dicha proposición argumentativa. Siguiendo la linea del profesor Atria, yo le pregunto, ¿en que se basa para afirmar que la Corte Suprema (o cualquier órgano judicial)tiene la última palabra o sobre la interpretación de la constitución?
Aun suponiendo que los tribunales de justicia tienen la última palabra, ¿cómo determinan cual es la interpretación adecuada? Nuevamente, los artículos son muy amplios. Pareciera ser absurdo que sea inconstitucional, establecer una reelección como en el resto de los países. Podría entenderse esa norma, como la prohibición de perpetuarse en el poder. Y así, muchas otras interpretaciones.
Sobre los artículos 373 y 374, se refieren al procedimiento de reforma constitucional. Pero lo que se declara inconstitucional es un referendo. A lo que voy, que se puede admitir que al aplicar ciertas normas constitucioanles se pueden utilizar ciertas concepciones interpretativas distintas.
Los órganos judiciales no pueden ser un mecanismo "evitar el terror" (siguiendo siempre a Atria), porque simplemente no lo resisten. Digo esto, porque el derecho se instrumentalizó, pasó a hace un elemento más del poder politico (en vez de ser un elemento controlador de esta, la politica superó al derecho). En resumidas, cuentas poco importa lo que digan los tribunales de justicias, en momentos de crisis. Lo que se prentendía era destituir al presidente democráticamente electo y después rellenan esa intención con el derecho.
Como dice el sr. Vergara hay que sincerarse, que se diga algo es derecho, no se sigue que realmente lo sea. Los hechos están a la vista, es un Golpe de Estado (justificar un periodo de "interrupción constitucional" por normas constitucionales es sencilammente absurdo), aquí en la quebrada del ají. Zelaya debe volver asumir sus funciones.
Para cerrar, ¿no le parece más razonable; más demócratico, que la mayoría decida una interpretación constitucional o una reforma de esta, en vez de un grupo pequeño de personas?